Rige el nuevo DNU: ¿Qué actividades están permitidas y cuáles no? – Negocios & Política
 

Un respiro en pandemia |Rige el nuevo DNU: ¿Qué actividades están permitidas y cuáles no?

Tras la firma de un nuevo decreto, el Gobierno nacional prorrogó las medidas sanitarias hasta el 25 de junio. En Buenos Aires, extienden horarios de locales gastronómicos, permiten actividades al aire libre y reabren cines y teatros. Las restricciones vigentes y nuevas flexibilizaciones.
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A partir de hoy, en todo el territorio nacional permanecerán prohibidas las reuniones sociales de más de diez personas al aire libre en zonas de alto riesgo epidemiológico y se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.

En las regiones de Riesgo Sanitario y Epidemiológico Medio (de más de 40.000 habitantes - Indicadores: a) Razón: 0.8 a 1.2, y b) Incidencia: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 personas), será facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar medidas que disminuyan la circulación de personas para prevenir contagios de coronavirus.

En tanto, en las zonas de Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) Razón: mayor a 1.20, y b) Incidencia: mayor a 150 c/ 100.000 personas), no se permitirán actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Buenos Aires

El gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof anunció ayer que las clases presenciales se reanudarán el próximo miércoles 16 de junio en los distritos provinciales del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

En la Ciudad de Buenos Aires

Horacio Rodríguez Larreta, anunció una flexibilización de las restricciones, donde se destaca la ampliación del horario para circular y para el funcionamiento de los locales gastronómicos, como así también la reapertura de cines y teatros desde el 18 de junio.

Por otra parte, estableció un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos.

Los detalles

  • Vacaciones de invierno: se mantiene la fecha original, del 19 al 30 de julio.
  •  Circulación: se amplía el horario de restricción y se podrá circular entre las 06:00 y las 00:00.
  • Comercios: tanto los esenciales como los no esenciales podrán abrir hasta las 20:00, siempre con el cumplimiento de los protocolos vigentes.
  • Gastronomía: los locales podrán abrir hasta las 23:00 al aire libre y continuará prohibida la atención en el interior.
  • Actividades culturales: los cines, los teatros y otros espacios afines quedarían habilitados a partir del 18 de junio con una capacidad máxima del 30%.
  • Reuniones sociales: se permitirían en espacios abiertos con un máximo de diez personas, pero se mantendrían prohibidos en los domicilios particulares y espacios cerrados.

Lo que no se podrá hacer en  los departamentos y partidos de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario, como el Gran Buenos Aires

  • Acudir a centros comerciales y shoppings.
  • Actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
  • Se prohíben los deportes grupales.
  • Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
  • Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • Transporte público solo para esenciales y autorizados.|

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    Ant Sig