Las pericias realizadas sobre la baranda del balcón desde el cual cayó Pilar Riesco el 15 de marzo de 2020, en el barrio de Nueva Pompeya, es una de las pruebas "clave". Es que, de acuerdo a ese estudio, no se hallaron rastros dactilares que indiquen que Riesco (21) se sujetó de la baranda y se arrojó al vacío tal como afirmaron el imputado Reynoso (32) y la policía Romina Belén Barcelona, quien aseguró haber presenciado el episodio desde un balcón de enfrente.
El relato del hecho realizado por Reynoso "ha quedado desvirtuado, o al menos cuestionado, frente a la incontrastable evidencia que dio cuenta de la ausencia de rastros dactilares en la superficie de la baranda del balcón de la que se habría tomado Riesco antes de caer al vacío", indicó la Cámara de Apelaciones al ratificar la prisión preventiva del acusado.
Ya antes, la jueza a cargo de la causa, Graciela Angulo de Quinn, había basado el dictado de esa medida en los peritajes realizados por el Gabinete Científico del Área Sur II de la Policía de la Ciudad, a partir del relevamiento hecho en el domicilio el día del hecho. "Surge que de la baranda del balcón desde la cual Reynoso arrojó a Pilar no fue colectada ni una sola huella digital, ni siquiera parcial", dijo en esa oportunidad la magistrada y agregó: "Tampoco fue factible hallar presencia de ADN lo cual implica que ninguno de los dos -ni Reynoso ni Riesco- estuvieron exactamente en esas ubicaciones al momento del hecho".
Al declarar tres veces como acusado, Reynoso dijo que había mantenido una discusión con Riesco el mediodía del 15 de marzo de 2020 y que lo único que hizo fue "retener los golpes" que ella le dio. "Con la mano derecha, sí la agarró del cuello, con la mano izquierda, del otro brazo y me la saco de encima", declaró en su tercera ampliación de indagatoria, el 10 junio de este año.
Por su parte, la mujer policía testigo del hecho aseguró que observó desde la casa de su madre, ubicada en el edificio de enfrente al de la pareja, cuando Riesco se tiró del balcón. "Primero (pasó) una pierna del lado de afuera y luego la otra pierna, quedando de frente hacia el interior del departamento sujetándose con sus manos de la baranda y luego automáticamente giró lanzándose de frente hacia la vereda", detalló.
La defensa de Reynoso, por su parte, introdujo en la causa un escrito en el que manifestó que "según consta las fotografías y el video realizado por personal policial" en el departamento "no había signos de pelea" y denunció que las pericias fueron realizadas el 25 de marzo, 10 días después del hecho, "donde las cuestiones meteorológicas adversas y los factores exógenos ya habían jugado un papel preponderante".
El criminalista Daniel Fernández, aportado por la querella que representa el letrado Roberto Damboriana en nombre de la familia de Riesco, concluyó en su informe que la joven "no trepó por sus propios medios al balcón y luego se arrojó al vacío, ni tampoco se aplicó autolesiones en el brazo".
"Los rastros y huellas dactilares latentes se depositan en superficies aptas (brillantes y pulidas) como el vidrio, gracias a la secreción sebácea que se exuda por los poros de la piel", dijo el especialista, quien aseguró que esas secreciones duran mucho tiempo, aposentadas en esas superficies, ya que "repelen la humedad e incluso las lluvias".
Otra evidencia que la jueza nacional en lo Criminal y Correccional 51 mencionó al momento de procesar a Reynoso fueron las lesiones que tenía la víctima en su cuerpo, principalmente en el cuello y en los brazos. "Cabe recordar que Pilar Lucía Riesco presentó múltiples contusiones en ambos brazos, antebrazos, mano y muñeca derecha que, según se informó, podrían corresponder a lesiones de lucha o defensa", afirmó la magistrada.|