El femicidio de Lucía Pérez vuelve a encenderse: la Justicia rechazó el pedido de los acusados y volverán a ser juzgados – Negocios & Política
 

El caso que conmocionó al país |El femicidio de Lucía Pérez vuelve a encenderse: la Justicia rechazó el pedido de los acusados y volverán a ser juzgados

La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa tras haber abusado sexualmente y matado a una adolescente en Mar del Plata en el 2016. El caso que puso y que pone en agenda el tratamiento de las causas con perspectiva de género.
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La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de dos de los acusados de abusar sexualmente y matar a la adolescente Lucía Pérez en Mar del Plata en 2016 para evitar ser sometidos a un nuevo juicio con perspectiva de género, tal como resolvió en agosto pasado el Tribunal de Casación provincial, informaron fuentes judiciales.

Al rechazar el planteo de la defensa de Matías Farías y Juan Pablo Offidani -absueltos en un debate anterior-, el máximo tribunal bonaerense descartó que exista una violación a la garantía constitucional de no ser juzgados dos veces por el mismo delito, ya que el juicio anterior estuvo viciado por la "imparcialidad judicial" y es necesario realizar un nuevo debate con perspectiva de género.

Los hechos…

El caso de Lucía Pérez fue un caso judicial de alto impacto mediático y social sucedido en la ciudad argentina de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, el 8 de octubre de 2016. Juan Pablo Offidani (41 años) y Matías Gabriel Farías (23 años), recogieron a Lucía Pérez (16 años), y la llevaron hasta la casa del segundo en Mar del Plata. Offidani y Farías vendían drogas a niños en las cercanías de las escuelas, entre ellas a la que concurría Lucía Pérez. Pocas horas después la adolescente fue dejada muerta por Offidani en un centro médico alejado de la ciudad, con evidencias de haber consumido cocaína y marihuana y haber sido penetrada sexualmente.

El 30 de octubre de 2018 comenzó el juicio, ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata, integrado por los jueces Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso.​ El fiscal fue Daniel Vicente.​ Fueron acusados Juan Pablo Offidani (41 años), Matías Gabriel Farías (23 años) y Alejandro Maciel; los dos primeros como autores de femicidio, abuso sexual agravado por acceso carnal y venta de drogas a menores, y el tercero como encubridor. Según la fiscal, Pérez fue drogada y violada por Farías, aprovechándose de que la menor había consumido la cocaína que el adulto le dio y Maciel lavó el cuerpo para ocultar pruebas.

El 26 de noviembre de 2018 el tribunal dictó sentencia, condenando a Farías y Offidiani a ocho años de prisión por tenencia de drogas para ser vendidas a menores, pero absolviéndolos de los cargos por femicidio y abuso sexual agravado por acceso carnal. Maciel fue absuelto de todos los cargos.

Según la fiscalía, Farías violó a Lucía Pérez anal y vaginalmente, lo que generó una serie de lesiones vitales que provocaron su deceso. Según la defensora, no hubo abuso sexual seguido de muerte, sino una relación consentida entre dos jóvenes que se gustaban y la causa más probable de la muerte fue una asfixia tóxica.

Antes del juicio, la fiscal original del caso, María Isabel Sánchez, generó un gran impacto en la familia de Lucía y en la opinión pública al manifestar en una conferencia de prensa ante medios locales y nacionales que Lucía Pérez había muerto producto de una agresión sexual inhumana provocada por un empalamiento anal.

Esto fue desmentido por los funcionarios policiales, por los peritos y por la Dra. Carrizo, la médica que realizó la autopsia, quien sostuvo que jamás le transmitió eso a la fiscal. La fiscal María Isabel Sánchez fue apartada del caso y el supuesto empalamiento no fue sostenido por la acusación durante el juicio.​ Por esto, María Isabel Sánchez fue criticada tanto por los jueces como por la familia de Lucía Pérez.

¡Justicia por Lucía!

El caso generó un escándalo nacional cuando, en 2018, el Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Mar del Plata que los juzgó, sentenció que no había elementos para sostener que no había existido consentimiento en los actos sexuales, absolviendo a los acusados de los delitos de feminicidio y abuso sexual agravado con el argumento de que la adolescente no era virgen, tenía experiencia sexual previa y un carácter fuerte.

El fallo utilizó como argumentos para descartar que haya existido aprovechamiento de la vulnerabilidad de la menor, su experiencia sexual, su supuesta condición de consumidora habitual de drogas y el hecho de que no fuera una joven sumisa, descartando la posibilidad de un delito sexual con la afirmación de que "Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento”.​

En señal de protesta contra el fallo, el 5 de diciembre de 2018 el colectivo feminista #NiUnaMenos, sindicatos y organizaciones sociales de Argentina realizaron un “Paro Nacional de Mujeres, Lesbianas, Travestis y Trans”, en repudio al fallo y reclamando "¡Justicia por Lucía!".

El caso se convirtió en un caso testigo para organizaciones feministas y de derechos humanos sobre la forma en que están tipificados los delitos sexuales y el abuso infantil en Argentina, la forma en que deben interpretarse incorporando la perspectiva de género, y la forma en que deben ser investigados y juzgados. El Comité de Expertas de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, pidió que se revisaran las absoluciones y se considerara como femicidio.

El 12 de agosto de 2020, el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires anuló el fallo de la absolución y ordenó la inmediata realización de un nuevo juicio.​|

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