Ley de Talles: habrá un sistema único normalizado para la indumentaria – Negocios & Política
 

Finalmente se reglamentó la 27.521 |Ley de Talles: habrá un sistema único normalizado para la indumentaria

Rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos. Queda excluida la indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor; confeccionada a medida y aquellas que se hayan realizado de manera personalizada. 
Pilar Lucena
Sociedad
Pilar Lucena
Sociedad

Un año y medio después de haber sido sancionada en diputados, finalmente, este miércoles el gobierno reglamentó la Ley de Talles (27.521) mediante un decreto. La cual establece un "Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)" en todo el país y rige para quienes comercializan vestimenta nacional o importada, de manera presencial o por medios electrónicos. 

Prendas incluidas y excluidas de la ley 

La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, incluso el calzado y los uniformes de trabajo. Quedan excluidas de la normativa: 

  • La indumentaria denominada de alta costura o de diseño de autor 
  • Las prendas confeccionadas a medida y, en general, aquellas que se hayan realizado de manera personalizada a pedido de consumidoras y consumidores 
  • Los accesorios de vestir (corbatas, bufandas, pañuelos, medias, guantes y sombreros, entre otros)  
  • Los implementos destinados a la protección personal en tareas laborales. 

El objetivo principal es generar "el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria", aseguró el decreto. El Poder Ejecutivo determinó además que "será considerado acto discriminatorio cualquier práctica abusiva, vejatoria o estigmatizante referida al aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otra característica de las consumidoras y los consumidores". 

El texto publicado en el boletín oficial asegura que: "la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores". 
 
"Esta temática cobró una significativa importancia en la agenda nacional con el auge del comercio electrónico, circunstancia que se ha visto potenciada durante la pandemia del Covid-19", añadió el decreto. 

Estudio antropométrico 

Con el objetivo de generar los talles, se está realizando un estudio antropométrico mediante el cual se establecerán las medidas corporales estandarizadas, se dispuso que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de realizarlo dentro del plazo de 240 días. Será la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de aplicación de la Ley y en tal carácter estará facultada para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación. 

También, se creó el "Consejo Técnico Consultivo del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria", cuya función será examinar y pronunciarse, a pedido de la autoridad de aplicación, sobre cuestiones referentes a la implementación y difusión de ese sistema, sin efecto vinculante. 

El Consejo "no implicará erogación adicional alguna para el Estado Nacional", aclaró el Gobierno, y estará integrado por representantes de la Secretaría de Comercio Interior, de las cámaras sectoriales, de organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática; un representante de los profesores regulares de las Universidades Nacionales de la carrera de Diseño de Indumentaria y Diseño Textil, un representante del Ministerio de Salud, del Inadi y del INTI.| 
 

    Vínculo copiado al portapapeles.

    3/9

    Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipisicing elit.

    Ant Sig