Santoro podría no asumir su banca en el Congreso – Negocios & Política
 

Por una multa de 50 pesos |Santoro podría no asumir su banca en el Congreso

Una extraordinaria situación pondría en riesgo a uno de los principales precandidatos a integrar el Congreso a partir de diciembre, ya que, de no pagar una ínfima infracción, se vería impedido de asumir su banca.
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Elecciones 2021
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Se trata del primer precandidato a diputado nacional del Frente de Todos por la Ciudad de Buenos Aires, Leandro Santoro. La deuda se debe a que no justificó su ausencia en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto de 2019, en las que Alberto Fernández derrotó a Mauricio Macri y se consagró como presidente electo.

Pese a que existen diversos motivos por los que un elector puede no cumplir con su deber cívico de sufragar, al parecer, el legislador porteño y asesor presidencial no justificó su ausencia ante el Juzgado federal con competencia electoral que conduce María Romilda Servini, quien tiene jurisdicción sobre la Ciudad de Buenos Aires. Además, tampoco abonó la multa de 50 pesos que corresponde por su falta.

Por esa razón, Santoro se encuentra anotado dentro del Registro de Infractores al Deber de Votar. Según establece el artículo 125 del Código Electoral Nacional, "el infractor incluido en el Registro de infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección": ese período recién vence en agosto de 2022.

Otros infractores

  • El neurocientífico y precandidato a diputado nacional por Juntos, Facundo Manes, es otro de los que pegó el faltazo a una elección y no justificó su ausencia ni pagó la multa. En su caso, no votó en las primarias legislativas de 2017 ni las generales de ese año, por lo que su multa asciende a 100 pesos.
  • El postulante a integrar la Cámara baja por Juntos por el Cambio en la Ciudad Ricardo López Murphy, no emitió su sufragio en las generales de 2017 y tiene que abonar una multa de 50 pesos por no haber justificado su ausencia.

Situaciones excepcionales 

Entre los motivos avalados por el Código Electoral Nacional para no asistir a una elección (para las personas de entre 18 y 70 años) se encuentran:

  • "Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables". En este caso, esas personas deben acercarse hasta la sede policial más cercana para que dé fe de su situación.
  • "Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto". Quienes deben poseer un certificado médico.

En caso de no poder votar por alguno de estos motivos, el ciudadano tiene que justificar su ausencia ante el Juzgado electoral que le corresponda y, en caso de que no haya motivos razonables, deberá abonar una multa, que va de los 50 a los 500 pesos.   |

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