«Lo mate porque era él o yo»: rechazan el sobreseimiento de «Pity» Álvarez por «problemas mentales» – Negocios & Política
 

Por un crimen del 2018 |"Lo mate porque era él o yo": rechazan el sobreseimiento de "Pity" Álvarez por "problemas mentales"

Un tribunal suspendió el juicio en el que el músico debía ser juzgado por el crimen de su vecino cometido en el barrio porteño de Villa Lugano, para no incrementar el estrés de su estado emocional. Un informe del Cuerpo Médico Forense concluyó que sus facultades mentales "no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales".
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Tras rechazar el pedido de sobreseimiento del músico Cristian "Pity" Álvarez, un tribunal suspendió el debate oral en el que debía ser juzgado por el crimen de un vecino, cometido en 2018, al considerar que en la actualidad no está en condiciones psíquicas de afrontar el proceso, informaron fuentes judiciales.

Los jueces también ordenaron el cese de la prisión preventiva del ex líder de Viejas Locas y dispusieron que de forma transitoria permanezca internado dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (Prisma), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, en consonancia con lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal (MPF).

La medidas fueron dispuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) 29, integrado por los magistrados Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y María Cecilia Maiza, quienes resolvieron en línea con lo planteado el lunes pasado en el dictamen del fiscal Sandro Abraldes.

"Teniendo en cuenta los informes médicos y demás constancias obrantes en autos, sin perjuicio de las afecciones que afronta Cristian Gabriel Álvarez Congiu (...) no permiten aseverar, en la actualidad y de un modo manifiesto, que el nombrado hubiera actuado en estado de inimputabilidad en los sucesos que aquí se le atribuyen", argumentó en su voto el juez Goerner, al que adhirió Maiza.

De acuerdo con lo informado por MPF en su sitio web www.fiscales.gov.ar, el magistrado también señaló que los informes psiquiátrico-psicológicos del músico estaban debidamente fundados y justifican "su consecuente imposibilidad de afrontar un debate".

Respecto al cese de la prisión preventiva planteado por el fiscal Abraldes, Goerner señaló que "no resulta constitucionalmente válido mantener el encarcelamiento cautelar de Álvarez Congiu por un tiempo absolutamente indeterminado, dado que no es posible pronosticar, de momento, cuándo podrá encontrarse en condiciones psíquicas de afrontar el juicio oral".

De esta manera, indicó que la prisión preventiva no puede quedar sujeta a la evolución psiquiátrica del cantante, y que al suspenderse el proceso penal no corresponde mantenerla. Por este motivo, el juez dispuso que Álvarez permanezca internado de forma transitoria en el Prisma, hasta que el magistrado civil disponga su alojamiento y tratamiento en otro establecimiento acorde a lo previsto por la Ley 26.657 de Salud Mental.

En tanto, el juez Ramos Padilla votó parcialmente en disidencia al plantear "la insuficiencia de la fundamentación de la pericia, su carencia de lógica y hasta su resultado contradictorio respecto de la prueba pericial obtenida con anterioridad".

La semana pasada el defensor oficial Javier Marino pidió el sobreseimiento y, por ende, la libertad de Álvarez, en base a un informe del Cuerpo Médico Forense (CMF) que concluía que las facultades mentales del músico "no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales" y que el "estrés" de un juicio agravaría su condición.

A raíz de ello, el fiscal Abraldes presentó un dictamen de oposición a dicho pedido, en el cual sostuvo que "los profesionales que evaluaron recientemente a Álvarez se limitaron a contestar los puntos solicitados por el tribunal en lo referente a la capacidad para afrontar el debate oral y público; sin que de ello quepa extraer conclusiones referidas a la presunta inimputabilidad al momento de comisión del delito imputado".

El fiscal recordó lo dictaminado tanto en octubre de 2018 como en marzo de 2020, cuando el CMF consideró que al momento de los hechos Álvarez (48) pudo comprender la criminalidad de sus acciones.

En ese sentido, señaló que en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación se establece que si el imputado se cura, la causa proseguirá, por lo que solicitó que Álvarez sea evaluado periódicamente cada seis meses.

Los detalles...

El hecho por el que el ex cantante, guitarrista y compositor de las bandas de rock Viejas Locas e Intoxicados está acusado ocurrió el 12 de julio de 2018 frente a la Torre 12 B del barrio Samoré, en Dellepiane Sur y avenida Escalada, de Villa Lugano.

De acuerdo con los investigadores, Álvarez salió de allí junto a su novia y de repente se acercó a ellos Cristian Maximiliano Díaz (36), alias "Gringo", un conocido del barrio con quien comenzó a discutir.

Según la acusación, esa discusión fue porque la víctima le recriminó a "Pity" andar diciendo que él le había robado unas pertenencias de una mochila. Testigos afirmaron que Díaz empujó e intentó pegarle a "Pity", momento en que éste extrajo una pistola calibre .25 y le efectuó a la víctima un primer tiro en la cara y luego lo remató de otros tres.

Poco después, Álvarez abordó con su novia a un Volkswagen Polo y a los pocos metros le pidió a la joven que arrojara la pistola en una alcantarilla, tras lo cual, ambos fueron al local bailable "Pinar de Rocha" de Ramos Mejía.

Álvarez estuvo casi un día prófugo hasta que el 13 de julio de 2018 se entregó en la comisaría 52, único momento en el que se refirió al hecho cuando le dijo a la prensa: "Lo maté porque era él o yo. Y creo que cualquier animal haría lo mismo".|

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    Ant Sig