Nuevas declaraciones contradicen la dada por un perito anterior que había ratificado el ataque sexual en el cuerpo de Nora Dalmasso, y que terminó con su muerte ese mismo noviembre de 2006 en la ciudad cordobesa de Río Cuarto. Dos médicos forenses coincidieron que la víctima mantuvo sexo consentido antes de ser asesinada, descartando otras hipótesis.
Mario Vignolo, y Mario Subirachs, que fueron parte del grupo de peritos del Cuerpo Médico Forense de la ciudad de Río Cuarto que realizó la autopsia, declararon ante el jurado popular y el tribunal técnico de enjuiciamiento, afirmaron que “el homicidio no estuvo preparado. No hubo premeditación”, sino que pudo haber ocurrido “por algún conflicto que surgió durante la relación” sexual y la estranguló.
Vignolo precisó que si la víctima hubiese sido forzada “tendría que haber un sinnúmero de rastros de violencias”, pero que en este caso no los hubo porque además se encontró evidencia de “estímulo previo con pasión” antes del acto sexual. También ratificó que la causa de la muerte de Dalmasso fue por “asfixia” mediante “mecánica mixta con manos y estrangulamiento a lazo”.
Subirachs, quien fue parte del grupo de peritos riocuartenses que realizó la autopsia, dijo que “no había evidencia científica para afirmar que se haya tratado de una violación”, y agregó que “luego del acto sexual inmediatamente vino la muerte”. A su criterio, el disparador del homicidio pudo haber sido cualquier situación, como celos, enojo, discusión o furia, y agregó que el crimen “no fue premeditado. Fue espontáneo, y el agresor la mató con las manos y la bata”. También dijo que la víctima “se defendió” pero fue superada físicamente.
Estos testimonios contradijeron al médico forense Ricardo Cacciaguerra, quien la semana pasada había declarado ante el jurado popular que, de acuerdo al análisis del protocolo de la autopsia, “Nora fue atacada por un depredador sexual”, que “no hubo consentimiento” y que fue “sometida en estado de inconsciencia”.
Una vez finalizada la audiencia, Vignolo dijo a la prensa que las diferencias de criterio se deben a "distintas interpretaciones". Luego de estos dos testimonios la audiencia pasó a cuarto intermedio hasta mañana para continuar con la recepción de pruebas testimoniales y documentales.
Macarrón responde en este proceso por el delito de “homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y por precio o promesa remuneratoria en concurso ideal", que contempla la pena de prisión perpetua. La acusación fiscal sostiene que presumiblemente unos meses antes del 25 de noviembre de 2006, Macarrón "en acuerdo delictivo con personas aún no identificadas por la instrucción, instigó el crimen de su mujer por desavenencias matrimoniales".
Agrega que mientras el acusado se encontraba en la ciudad de Punta del Este participando de un torneo de golf, entre las 20 horas del 24 de noviembre de 2006 y las 3.15 del 25, al menos una persona ingresó en la casa de Nora, en barrio Villa Golf de la ciudad de Río Cuarto, describe la acusación.
El homicida, "aprovechándose de la indefensión de la víctima, aguardó que ésta realice su rutina previa al descanso y abordó a Nora Dalmasso una vez que ésta se encontraba dormida en la habitación de su hija, ubicada en la planta alta de la vivienda".
En esas circunstancias y "cumpliendo el plan delictivo acordado previamente con Macarrón y sus adláteres, la tomó del cuello, ejerciendo una fuerte presión con sus manos, anulando así toda posibilidad de defensa". Seguidamente, "utilizó el cinto de toalla de la bata de baño que se encontraba en la habitación, realizando un ajustado doble lazo alrededor del cuello, ocasionando la muerte por asfixia.|