Ley de Eutanasia: ¿el debate que se viene? – Negocios & Política
 

Después de las elecciones |Ley de Eutanasia: ¿el debate que se viene?

El Congreso podría discutir un proyecto de Ley luego de las elecciones. Al igual que la sanción de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, la Interrupción Voluntaria de la Vida se abre camino en la agenda mediática y legislativa. Los detalles.
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Con una clara alusión a la IVE, los especialistas que comienzan a colocar el tema en agenda hablan de la IVV: la Interrupción Voluntaria de la Vida, como el próximo debate en Argentina. En Latinoamérica, solo Colombia tiene su ley, mientras que legisladores uruguayos han presentado un proyecto.

Durante el último tiempo, las discusiones en torno a la muerte digna se revitalizaron gracias al caso de Martha Sepúlveda (51 años), que sufre de ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica), cuya eutanasia había sido autorizada para el 10 de octubre y fue cancelada 48 horas antes por el Instituto Colombiano del Dolor. Se iba a convertir en la primera persona de ese ese país en acceder a dicho procedimiento sin padecer una enfermedad terminal.

Lo que pasa en Argentina

En el país, hablar de eutanasia es hablar de Alfonso Oliva: un joven cordobés que a los 31 años, igual que Sepúlveda, fue diagnosticado con ELA. A medida que avanzó el tiempo, su estado de afección del sistema nervioso y parálisis muscular se tornó irreversible y falleció en marzo de 2019, a los 36 años. Mientras pudo, solicitó a sus amigos y familiares que lucharan por instalar el debate y la sanción de una ley de eutanasia en el país. Su objetivo era que otras personas que atravesaran lo mismo tuvieran la posibilidad de elegir el instante de su final. Por este motivo, de sancionarse, los legisladores y las legisladoras que la impulsan quieren que la IVV se llame Ley Alfonso.

Una de las principales impulsoras de la eutanasia es la diputada del Frente de Todos Gabriela Estévez, que espera poder presentar el proyecto pronto, para avanzar con la discusión en la Cámara baja. A la fecha, no existe una normativa que autorice la eutanasia. La Ley 26.742, sancionada en 2012, conocida como “Ley de Muerte Digna”, garantiza el ejercicio del derecho de aquellos pacientes que cursan una enfermedad irreversible o en estado terminal a rechazar procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación a la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado. También, las personas que así lo deseen, están en condiciones de negarse a recibir hidratación o alimentación cuando ambas prácticas tan solo sirvan para prolongar en el tiempo ese estadio terminal en el que se encuentran.

Año a año se incrementa la cifra de personas que cuentan con la posibilidad de acceder a una muerte digna (ya sea suicidio asistido o eutanasia) en caso de requerirla. Las jurisdicciones en que está autorizada son Suiza; Países Bajos; Bélgica; Luxemburgo; Colombia; Oregon, Washington, Montana, Vermont, California, Colorado, Columbia, Hawaii, Maine y New Yersey (EE.UU.); Quebec (Canadá); Victoria y Oeste de Australia (Australia). En el último tiempo, se incorporaron España y Nueva Zelanda.

Las particularidades de cada ley hacen que, a la distancia, algunas normativas resulten más controvertidas que otras. En Canadá, Luxemburgo y Estados Unidos, por caso, quien solicite la eutanasia debe tener, al menos, 18 años. En Países Bajos, en cambio, basta con cumplir los 12. La interrupción de la vida en menores de 18 años es criticada por muchos juristas porque sostienen que antes de aquella edad la gente no tiene capacidad de discernimiento y, en resumidas cuentas, se halla bajo la presión de sus padres y madres.

En aquellas naciones en las que está legalizada, los motivos son variados, pero por lo general quienes eligen la IVV lo hacen por sufrimientos y experiencias vinculadas a la pérdida de la autonomía y del ser, por declinación cognitiva y funcional, por afrontar, en resumidas cuentas, una mala calidad de vida. La pérdida de la dignidad es identificada en la base de los pedidos del 61 por ciento de los casos en Países Bajos y del 52 por ciento en Bélgica. La mayoría de los pacientes que solicitan la eutanasia o el suicidio asistido lo hacen porque padece cáncer (del 60 al 100 por ciento de los casos). Hay distinciones según los territorios, pero el “paciente típico” que recibe eutanasia o suicidio asistido es blanco, hombre, bien educado y entre los 60 y 85 años.

Las drogas que se emplean en el procedimiento de asistencia a la muerte también son legisladas en cada caso. Por lo general, el cóctel más corriente está hecho en base a benzodiacepina para relajar, seguida de una dosis de barbitúricos como tiobarbitúrico, pentobarbital o secobarbital, que combinados provocan la muerte.

A pesar de los matices en cada cultura, es posible identificar denominadores comunes en los argumentos de los detractores y los defensores. Los que se oponen públicamente sostienen un argumento religioso que radica en la sacralidad de la vida, una vida que --según ellos-- no les pertenece enteramente a los seres humanos, sino que, por el contrario, es un “regalo de Dios” y los regalos no pueden despreciarse. También apuntan que, mediante el acto, los médicos traicionan el juramento hipocrático y ello, a mediano plazo, podría socavar la confianza con los pacientes. Que, desde este punto de vista, los profesionales de la salud deben transitar la última parte de la vida del paciente como testigos y no como “verdugos”.

La sanción de una ley que garantice la muerte digna implicaría, desde este enfoque, la legalización de una forma de homicidio. Para los detractores de la eutanasia, no se trata de acelerar la muerte, sino, por el contrario, de mejorar la calidad de vida mediante intervenciones médicas racionales. Como corolario, sostienen, la decisión eutanásica es irreversible: elimina las posibilidades de que el paciente mejore, o de que un descubrimiento científico imprevisto logre salvar la vida de un paciente cuando hasta ese momento era imposible. Algunos detractores plantean que acabar con la vida está mal por lo que podría desatar después: una especie de “pendiente resbaladiza”, donde la muerte podría ubicarse como “una alternativa barata a los cuidados paliativos”.

Los que están a favor de la eutanasia, por su parte, enfatizan la chance de que las personas puedan mantener su autonomía o autodeterminación con el propósito de liberarse de los sufrimientos extremos que, en muchos casos, causan las diversas patologías. La premisa puede enunciarse de este modo: la calidad de vida es un valor que debe anteponerse frente a la cantidad de vida. La segunda premisa, igual de contundente, es la siguiente: vivir es un derecho, no una obligación; de manera que su protagonista (y solo él) está en condiciones de interrumpirla. Desde esta óptica, los defensores combaten lo que denominan el “vitalismo obsesivo”: no existe el deber de vivir más allá del deseo de cada quien, sacralizar la vida per se no tiene ningún sentido.

Permitir la muerte digna, desde aquí, implica una mirada que reconoce y respeta la humanidad y la libertad del otro. Desde esta perspectiva, sería conveniente su regulación con el propósito de evitar los abusos que la ilegalidad implica. Contar con una ley contribuiría a que una práctica de carácter individual se produzca en un escenario de autonomía, sin desesperación, con racionalidad, sin ansiedades, con paz.|

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