Fue la primera vez que ambos aparecieron juntos en público luego del escándalo político desatado por el resultado electoral y –carta mediante de Cristina- los cambios en el Gabinete. Pese a la expectativa, ella no habló y él adoptó un discurso moderado, conciliatorio, sin levantar la voz y sin confrontaciones.
En la tarde de este jueves en la Casa Rosada, los líderes del Frente de Todos presentaron el proyecto de ley de Fomento al Desarrollo Agroindustrial, una iniciativa que prevé aumentar las exportaciones en unos USD 7.000 millones hasta el 2030.
Luego de la presentación técnica del ministro de Agricultura Julián Domínguez, el Presidente resaltó los beneficios de la nueva iniciativa y convocó, como en la campaña de 2019, a la unidad de los argentinos y a la “cultura del diálogo y el encuentro”.
“Alguna vez escribí que desde que soy presidente tuve 99 días de normalidad y después le ocurrió a la Argentina lo que le ocurrió al mundo. Estoy sintiendo que el día 100 está llegando. Tenemos que hablar de lo que debemos hacer para encontrar el rumbo y construir la argentina que nos hace falta. Esta ley tiene que ver con eso”, expresó el jefe de Estado.
Bajo la atenta mirada de la vicepresidenta, Alberto Fernández destacó que el proyecto de ley fue un trabajo entre ministros, industriales y universidades que duró más de un año y agregó: “Es el resultado de escucharnos. Se hizo en el Consejo Económico Social que encabeza Gustavo Beliz y participaron muchos ministros. Es una ley que reivindica la cultura del reencuentro”.
Y agregó: “No es una ley cualquiera. Es una ley construida con un criterio federal muy claro. Participaron gobernadores y universidades de todo el país. Grandes y pequeños productores. Todos han sido oídos. Es una ley que lo que más ayuda es al desarrollo integral de la Argentina. Quiere decir que la Argentina pueda avanzar y todos tengamos oportunidades de crecer y desarrollarnos. Nadie quiere un país en donde algunos ganen y otros pierdan. Necesitamos construir un país en el que todos ganen para que el desarrollo sea armónico. No hace falta que todos pensemos igual. Lo que no podemos discutir es la necesidad de avanzar, crecer y dar igualdad a una sociedad tan desigual como en la que vivimos”.
Además, resaltó que la ley de Fomento al Desarrollo Agroindustrial fue “construida con un criterio federal claro” y destacó que “es lo que más ayuda es al desarrollo integral argentino para que pueda crecer y avanzar”. “Nadie quiere un país donde algunos ganen y millones pierdan”, resaltó y aclaró que “no podemos discutir la necesidad de crecer. El camino es el camino que estoy reivindicando: la cultura del encuentro y del diálogo”.
¿En qué consiste?
El "Régimen de Fomento al Desarrollo Agroindustrial" presentado por el Gobierno prevé aumentar las exportaciones en unos USD 7.000 millones hasta el 2030. De esta forma, se buscará generar divisas, uno de los principales déficits de la Argentina, y crear más de 150 mil puestos de trabajo.
La iniciativa, promovida por el Consejo Agroindustrial Argentino y respaldada tanto por el Gobierno como por la oposición, apunta a beneficiar a la producción agropecuaria y agroindustrial de las 24 cadenas de valor del país.
Según el proyecto, el Régimen comenzaría a aplicarse de manera retroactiva desde enero de este año, con vigencia hasta diciembre de 2030.
La norma prevé la amortización acelerada en tres años - actualmente es en diez años- o acorde al tipo de inversión en cada sector del agro (por ejemplo, en la olivicultura es de 40 años).
Para inversiones en construcciones -excluida viviendas- y de infraestructura, establece que la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas será la que surja de considerar su vida útil, reducida al 50% de la estimada.
También, prevé la devolución de IVA para inversiones en el plazo de un año, cuando actualmente eso se realiza en cuatro años.
Los interesados en acceder a los beneficios impositivos dispondrán de una "ventanilla única digital", mientras que los controles posteriores verificarán el cumplimiento considerando indicadores tales como volumen de ventas, volumen de producción física, volumen de exportaciones físicas, cantidad de personal ocupado o inversiones realizadas.
Para actividades agroindustriales que tengan IVA diferentes, se podrán computar los débitos fiscales generados por tales operaciones: esto beneficiará al sector de carne porcina, entre otros.
Por otra parte, el Régimen establece que los productores ganaderos, ante la valuación de hacienda vacuna a los fines del impuesto a las Ganancias, podrán optar por valuar sus existencias al momento de la venta y no durante el tiempo de engorde.
En ese sentido, la norma abarca a la hacienda cuyo peso promedio sea igual o superior a los 400 kilogramos vivo o que esos animales presenten un rendimiento en playa de faena de 225 kilogramos res con hueso en gancho.
Dejarán de pagar el Impuesto a las Ganancias durante los años de engorde y lo harán cuando los productores vendan los novillos: esto aumentaría la cantidad de carne para consumo en más de 60 mil toneladas anuales, según estimaciones del Consejo Agroindustrial.
Productividad
Asimismo, con el propósito de incrementar la productividad de la ganadería vacuna, el proyecto prevé beneficios promocionales que alcanzarán a los ganaderos que obtengan, con respecto al promedio de los tres últimos ejercicios fiscales, aumentos en los porcentajes de destetes de terneros logrados o aumento del peso promedio de los animales enviados a faena.
La iniciativa se propone también incrementar el uso de semilla fiscalizada de especies de producción nacional y estimular la producción sustentable empleando fertilizantes e insumos, incluyendo los biológicos.
En este punto, se estableció un certificado de crédito fiscal intransferible, hasta el 50% de los gastos y erogaciones deducibles del Impuesto a las Ganancias correspondientes a adquisiciones de fertilizantes orgánicos e inorgánicos, insumos y fertilizantes e insumos biológicos, semillas autógamas, forrajeras y hortícolas, debidamente identificadas y fiscalizadas.
Ese certificado podrá ser utilizado por el término de 24 meses desde su emisión para la cancelación del Impuesto a las Ganancias o de sus respectivos anticipos y/o de la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas, y no podrá dar lugar a saldos a favor ni a reintegros o devoluciones por parte del Estado Nacional. Este plazo podrá prorrogarse por 12 meses, por causas justificadas según lo establecido por la Autoridad de Aplicación.|