Imputan a Edenor y Edesur por no revisar facturas con “aumentos significativos” – Negocios & Política
 

En medio de las negociaciones por las tarifas |Imputan a Edenor y Edesur por no revisar facturas con “aumentos significativos”

Comercio detectó que las compañías se limitaban a afirmar que la facturación era correcta sin informar el motivo de los cargos liquidados. Las empresas de suministro de electricidad tienen 5 días y pueden ser sancionadas con multas de hasta $5.000.000.
Ana Belén Ehuletche
Energía
Ana Belén Ehuletche
Energía

La imputación, que implica la apertura de un expediente de oficio, surgió en el marco de una investigación que se realizó de manera coordinada entre la Secretaría de Comercio Interior y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

Según informó la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, las dos grandes empresas de suministro de electricidad en el país, Empresa Distribuidora Sur SA (Edesur) y Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte SA (Edenor), fueron imputadas por no brindar información detallada respecto de los cargos del servicio en las facturas y por no proveer respuestas suficientes y detalladas ante los reclamos de las y los consumidores.

Los reclamos de consumidores a través de la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, permitieron identificar “maniobras reiteradas y sistemáticas” por parte de las compañías eléctricas que representan presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240).

En el proceso previo a decidir la sanción se tuvieron en cuenta también presentaciones remitidas por la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO) del Ministerio Público Fiscal y de distintas asociaciones de consumidores - Usuarios y Consumidores en Defensa de sus Derechos; Defensa de Usuarios y Consumidores (DEUCO) y la Unión de Usuarios y Consumidores.

“Los consumidores manifestaron que al solicitar la verificación del medidor, luego de recibir facturas con aumentos significativos, las empresas no brindaron respuesta alguna”, informaron desde la cartera que conduce Paula Español. Además, señalaron que, en otros casos, “las compañías se limitaban a afirmar que la facturación era correcta sin informar sobre las impugnaciones realizadas”.

Otro de los mecanismos que utilizaron las energéticas, sin avanzar en la revisión de los cargos facturados, fue informar que “los incrementos de facturación respondían al recupero de energía que no habría sido oportunamente registrado”.

Así, los inspectores concluyeron que la ausencia de información suficiente y detallada sería la estrategia elegida por parte de las empresas eléctricas ante los pedidos de revisión de las y los consumidores por la recepción de facturas con importes notoriamente superiores a los abonados habitualmente. “Tampoco brindaron la información correspondiente respecto a la realización de las verificaciones de medidores que dicen haber llevado a cabo como fundamento para perseguir el recupero de energía no facturada”, apuntan desde Comercio Interior.

Ante la presunta infracción a los artículos 4, 8 bis, 19 y 29 de la Ley de Defensa del Consumidor, por incumplimiento con el deber de información y de respuesta a los reclamos en el plazo establecido en la norma y porque, “aun cuando respondieron, la información suministrada resultó insuficiente”, agregan desde la cartera oficial, se decidió imputar a ambas empresas.

Por último, repasan que “las empresas denunciadas tienen el deber de brindar a los consumidores información veraz, detallada y suficiente, así como el de garantizarles el control de los consumos realizados”.

“Conocer el gasto real en el que está incurriendo el usuario le permite conocer el importe que deberá abonar y, su correlato, planificar sus gastos en el rubro, ya que los importes facturados condicionan el consumo. La falta de información por parte de las empresas habría puesto en evidencia su indiferencia hacia los usuarios quienes, sin duda, vieron alterados sus derechos”, describe el comunicado de prensa que emitió la secretaría de Comercio Interior.

Luego de ser notificadas sobre la imputación, Edenor y Edesur, cuentan con un plazo de 5 días hábiles para realizar el correspondiente descargo y son pasibles de multas que pueden llegar hasta los $5.000.000.   |

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