La decisión, que lleva la firma de la ministra Carla Vizzotti, autoriza “a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de enero de 2022 mediante la Resolución Nº 2125/21 del Ministerio de Salud, de hasta un seis por ciento (6%) a partir del 1º de marzo de 2022 y de hasta un seis por ciento (6%) a partir del 1º de abril de 2022”.
La cartera de Salud consideró “razonable autorizar aumentos generales, complementarios y acumulativos de aquel que ha sido aprobado para el mes de enero de 2022”, que alcanzaba una suba del 9%.
La norma determina también que los aumentos autorizados “podrán percibirse una vez cumplida la notificación prevista en el artículo 5°, inciso g, del Decreto Nº 1993/11, modificado por el Decreto Nº 66/19”, que obliga a las empresas del sector a informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a 30 días.
La resolución también especifica que las prepagas y los agentes del seguro de salud “deberán incrementar, desde los meses de marzo y abril de 2022, los valores retributivos de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salud, en un porcentaje similar a la Cláusula de Revisión de la Paritaria 2021 negociada entre los prestadores mencionados y la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA)”.
Las empresas deberán “informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a los 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir”.
Los argumentos del aumento
- La cartera sanitaria sostuvo que “del análisis efectuado sobre la evolución de los incrementos de costos del sector desde la fecha del último aumento de cuotas autorizado y considerando especialmente los acuerdos salariales paritarios alcanzados recientemente, se desprende que resulta necesario promover la autorización de nuevos aumentos que permitan garantizar un adecuado financiamiento para afrontar tales costos y mantener la calidad de servicios prestados”.
- Y “que al observar la variación que sufrieron los costos en salud en los últimos años, resulta necesario contemplar que los mayores costos del sector y la inversión que han debido realizar los prestadores para hacer frente a la pandemia y evitar el colapso del sistema sanitario, se vieron asimismo acompañados por la reducción de las tasas de uso de otras prestaciones habituales y/o de rutina no vinculadas con Covid-19 y postergadas en función de la priorización sanitaria de esta enfermedad lo que repercutió, al mismo tiempo, en un menor ingreso económico por tales prestaciones para los prestadores”, completó la cartera nacional.
- Detalló entre los motivos expresados en la resolución los efectos que produjo la pandemia expresando que con “las medidas adoptadas se produjo una limitación en la circulación de las personas, con el consecuente impacto en la economía, afectando a las empresas, a las actividades independientes y al empleo, del cual no resultaron ajenos el sistema sanitario y sus actores”.
- En ese sentido, señalaron que “la merma en la actividad productiva, consecuencia inevitable de pandemia, se ve reflejada en la recaudación tributaria y, consecuentemente, en los recursos destinados a los Agentes del Seguro de Salud, en momentos en los que este sector resulta clave para minimizar los impactos de la pandemia y brindar la debida atención de sus beneficiarios”. |