¿Qué dice el decreto que autoriza la modificación del impuesto a las ganancias? – Negocios & Política
 

Punto por punto |¿Qué dice el decreto que autoriza la modificación del impuesto a las ganancias?

Se aplicará para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1º de octubre de 2023, inclusive. El Gobierno también aclaró cómo deberá liquidarse la segunda cuota del aguinaldo. Detalles de lo que viene.
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El proyecto del Poder Ejecutivo que autoriza a modificar el impuesto a las ganancias fue anunciado por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa e ingresó este lunes a la Cámara de Diputados. "Luego de tener número de expediente, tendrá el giro respectivo para empezar prontamente su tratamiento", adelantó el jefe del bloque de diputados del Frente de Todos, Germán Martínez

Recientemente el Gobierno oficializó la modificación del impuesto, para que desde octubre lo paguen las personas con salarios superiores a 1,7 millón de pesos y aclaró cómo deberá liquidarse la segunda cuota del aguinaldo.

A través del decreto 473/2023, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo afirmó que la decisión entrará en vigencia este jueves y resultará de aplicación para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1º de octubre de 2023, inclusive.

"Establécese, para el segundo semestre del período fiscal 2023, que el monto de la remuneración y/o del haber bruto, a los fines de lo dispuesto en el inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, ascenderá a una suma mensual equivalente -conforme el monto que esté vigente el 1º de octubre de 2023- a 15 salarios mínimos, vitales y móviles", según el texto oficial.

En cuanto a la segunda cuota del aguinaldo, que debe abonarse en diciembre, el decreto dispone que deberá considerarse el importe que surja de aquellos 15 salarios mínimos y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto.

Por otra parte, se encomendó a la AFIP a incrementar los importes de la escala progresiva del impuesto, con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023, inclusive.

Eso se decidió "a los fines de reducir el monto de las retenciones de los sujetos que obtengan los ingresos mencionados y que superen el importe previsto en el decreto, con el objetivo de asegurar la progresividad del tributo, evitando de esta forma que su carga neutralice la política salarial adoptada", explicó la Casa Rosada.

El decreto señaló que se elevará a consideración del Congreso un proyecto de ley "en línea con lo dispuesto en esta medida a fin de dejar establecidas con jerarquía de ley las políticas tributarias aquí impulsadas".

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