En Chile aprueban la “Ley Uber”, que plantea diversas exigencias para las aplicaciones, a las que considera empresas de transporte – Negocios & Política
 

En Chile aprueban la “Ley Uber”, que plantea diversas exigencias para las aplicaciones, a las que considera empresas de transporte

Después de casi cuatro años de tramitación, el Congreso dio luz verde a esta ley que considerará a las aplicaciones como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Gobierno reconoció que tarifas podrían subir cuando comience a operar esta normativa.
Marcela Guajardo (desde Chile)
El Mundo
Marcela Guajardo (desde Chile)
El Mundo

Chile ha sido uno de los pocos países en el mundo que ha logrado sacar adelante una regulación para las aplicaciones de transporte de pasajeros.

Luego de varios años de tramitación y con la intervención de decenas de organizaciones de taxis, asociaciones civiles y agrupaciones de conductores de las mismas aplicaciones, el Senado aprobó el proyecto llamado “Ley Uber” y lo dejó listo para ser promulgado.

Esta normativa considerará a las aplicaciones que actualmente operan en Chile - Uber, Didi, Cabify e InDrive- como empresas de transporte remunerado de pasajeros, y por ello deberán inscribirse en un registro online llamado Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) que estará a cargo de la Subsecretaría de Transportes.

Este registro tendrá la información de las empresas, los conductores asociados y los vehículos que se utilizan para el servicio, que no podrán estar inscritos en dos regiones distintas.

Uno de los mayores cambios y el que ha causado más polémica es que los conductores que quieran trabajar a través de estas aplicaciones solo lo podrán hacer si obtienen una licencia de conducir profesional, clase A.

Se trata de una situación compleja para muchos conductores, ya que el trámite se debe realizar a través de los municipios y muchos de ellos están saturados, por lo que obtener esta certificación demora semanas y hasta meses.

Sin embargo, se da un plazo de un año –desde que se promulgue la ley- para que los conductores obtengan este documento.

Las personas que cuenten con antecedentes por delitos no podrán inscribirse en el EAT y, por lo tanto, no podrán trabajar para estas aplicaciones.

Una de las mayores preocupaciones de las asociaciones de conductores era la seguridad, ya que en los últimos años la cantidad de robos y asaltos a estos trabajadores aumentó considerablemente.

Es por esto que se agregó a la normativa que las empresas tengan que contratar seguros para los vehículos, conductores, pasajeros y terceros. Además, tendrán que contar con un canal para responder consultas y reclamos.

Aumento de tarifas

Para el senador de la Unión Demócrata Independiente, Gustavo Sanhueza, esta ley permite “igualar la cancha” con los taxis colectivos, quienes desde que llegó Uber hace casi una década, dicen sentirse perjudicados por las aplicaciones. “Ahora se dan las facilidades para la obtención de la licencia porque los municipios estarán sobrecargados con este trámite”.

“Todos los conductores tienen requisitos para circular. Los taxistas decían que, si tenían la licencia, podrían ejercer. Los trabajadores de Uber decían que necesitaban dos años para no saturar a los municipios. Creo que 12 meses es un plazo suficiente”, expresó el senador de la Democracia Cristiana, Iván Flores.

Sin embargo, algo que habían adelantado algunas asociaciones de conductores de aplicación era que esta normativa podía provocar el aumento en las tarifas, además de la salida de muchos conductores que querían seguir trabajando sin la licencia profesional.

La normativa también obliga a que los trabajadores de las aplicaciones sean personas naturales, lo que deja afuera a algunos emprendimientos o pequeñas empresas que se han formado para entregar el servicio de arriendo de vehículos.

“Yo imagino que las tarifas pueden subir”, reconoce el Ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, “aunque no creo que baje mucho la oferta, porque estamos pidiendo que el vehículo tenga ciertas condiciones”.

La “Ley Uber” debe ser publicada en el Diario Oficial y existe un plazo de 9 meses hasta que comience a operar.

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