La Justicia confirmó que un banco de la ciudad de Salta deberá pagar una multa de 900 mil pesos por haber demorado varias horas en atender a sus clientes.
Así lo resolvió la sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial al no hacer lugar a un reclamo del Banco Santiago del Estero S.A contra una decisión de la Secretaría de Defensa del Consumidor.
Las razones por las que se le aplicó la citada multa son por demoras en la atención a raíz de fallas del sistema y debido a que los clientes relataron que la espera, en algunos casos, fue de tres horas.
En su defensa, la sucursal bancaria dijo que los clientes fueron "debidamente" informados de la falla del sistema y la demora en la atención.
Además, dijo que garantizaba "la atención preferente de las personas con capacidades diferentes, movilidad reducida, embarazadas y mayores de 70 años, para los cuales tiene una caja especial".
Pero los jueces valoraron las normas referentes a garantizar la atención con un trato digno y equitativo.
Los magistrados Alejandro Lávaque y Verónica Gómez Naar citaron el capítulo II de la ley provincial 7.800 que establece que "a los fines de la protección de los derechos de usuarios y consumidores, todas las dependencias públicas y los establecimientos privados que brinden atención al público deben garantizar que el tiempo de espera de los mismos no supere el término de 30 minutos".
También que la ley 24.240 prescribe que se debe considerar como "práctica abusiva" y contraria al "trato digno" de usuarios y consumidores al tiempo de espera superior a los 60 minutos para ser atendidos en locales de acceso a la atención masiva al público, aún cuando se provea de asientos, existan instalaciones sanitarias y un orden de atención según talón numerado.