Otro día con demoras en el tránsito en los accesos a la Ciudad de Buenos Aires – Negocios & Política
 

Debido a los estrictos controles vehiculares |Otro día con demoras en el tránsito en los accesos a la Ciudad de Buenos Aires

Durante el segundo día hábil de las nuevas restricciones para mitigar la pandemia de coronavirus, se han generado largas filas de vehículos. El objetivo es verificar que quienes transiten tengan su correspondiente permiso de circulación por ser trabajadores esenciales o por alguna razón de fuerza mayor. 
Pilar Lucena
Sociedad
Pilar Lucena
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Esta mañana, las fuerzas de seguridad nacionales, provinciales y porteñas realizaron estrictos controles en los distintos accesos a la Ciudad de Buenos Aires, lo que generaba extensas filas de vehículos y una gran demora en el tránsito durante el segundo día hábil de las nuevas restricciones que tienen como fin mitigar la pandemia por coronavirus. 

Los controles incluyen tanto a particulares como a transportes públicos y se realizan con el objetivo de verificar que quienes transiten tengan su correspondiente permiso de circulación por ser trabajadores esenciales o por alguna razón de fuerza mayor. 

El secretario de Articulación Federal de Seguridad del Ministerio de Seguridad, Gabriel Fuks, explicó: "Estos días son de controles exhaustivos, no aleatorios, sabemos que son más incómodos que otras veces. Hoy va a estar mejor que ayer, porque las emergencias tienen un carril exclusivo, pero no va a ser fácil. El lunes volveremos a controles aleatorios", y agregó: "Según datos de la Ciudad de Buenos Aires, ayer hubo un 50% menos de circulación". 

El operativo 

Desde esta madrugada, los efectivos de las distintas fuerzas de seguridad dieron inicio a  los controles en los accesos por debajo de la avenida General Paz, y en los otros cruces que hay entre la provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires. 

Alrededor de las 9 se podían observar largas filas de vehículos en el ingreso al distrito porteño desde la zona sur, por el puente Pueyrredón; desde la zona oeste en la bajada de Liniers; y desde la zona norte, donde se registraban demoras en la autopista Panamericana.  

También se generó una gran congestión de tránsito en el límite entre la Ciudad y la provincia de Buenos Aires en el barrio porteño de Liniers, en la zona del Parque Sarmiento; y en la de los bosques de Palermo. 

71 puntos de ingreso a la Ciudad de Buenos Aires sobre el total de 127 permanecen cerrados, y los cruces habilitados son 56 en el marco de las restricciones que continuarán hasta el próximo domingo. 

Quienes pueden circular

Según el DNU publicado por el Boletín Oficial y firmado por el presidente, Alberto Fernandez, solo podrán circular: 

  • -Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. 
  • -Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad autónoma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la CABA. 
  • -Miembros del Poder Legislativo y las dotaciones de personal que dispongan sus autoridades respectivas. Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las dotaciones de personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes. 
  • -Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos. 
  • -Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes. 
  • -Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. 
  • -Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. 
  • -Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. 
  • -Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. 
  • -Personal afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones. 

Qué actividades están permitidas 

  • -Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. 
  • -Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20. 
  • -Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca. 
  • -Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil; servicios digitales y las actividades de mantenimiento de servidores. 
  • -Actividades vinculadas con el comercio exterior. 
  • -Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. 
  • -Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. 
  • -Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. 
  • -Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. 
  • -Servicios de lavandería. 
  • -Servicios postales y de distribución de paquetería. 
  • -Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. 
  • -Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica. 
  • -Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. 
  • -Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y la de sus regulados en caso de resultar necesario. 
  • -Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garajes y estacionamientos con dotaciones mínimas. 
  • -Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8. 
  • -Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad. 
  • -Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Guardias médicas y odontológicas. Atención médica y odontológica programada con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. 
  • -Traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20. 
  • -Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso 1. Personal de aduanas. 
  • -Personas que deban concurrir a vacunarse con su acompañante, si fuere necesario.|

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