Consenso Fiscal: El Gobierno habilitó a las provincias a subir impuestos – Negocios & Política
 

Gobernadores felices |Consenso Fiscal: El Gobierno habilitó a las provincias a subir impuestos

Con la promulgación de la norma sancionada en el Congreso el mes pasado, las provincias podrán subir impuestos a los Sellos, a los Ingresos Brutos y al inmobiliario por encima de los topes pautados durante el gobierno de Cambiemos. También, la ley prohíbe el aumento de la deuda pública y suspende procesos judiciales por la distribución de la Coparticipación Federal.
Cristian Franchi
Provincias
Cristian Franchi
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Finalmente, el Gobierno promulgó en el Boletín Oficial el Consenso Fiscal 2020. Se trata de la iniciativa que habilita a las provincias a aumentar impuestos. De esta manera, las provincias se preparan para recibir los $70.000 millones que el Gobierno repartirá para reactivar la castigada economía de los distritos. Además, la ley prohíbe el aumento de la deuda pública y suspende procesos judiciales por la distribución de la Coparticipación Federal.

Con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro, a través del Decreto 442/2021, se promulgó el Consenso Fiscal 2020 al que adhirieron todas las provincias, salvo San Luis, La Pampa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La normativa, que fue aprobada en Diputados el mes pasado, y que reemplaza el pacto fiscal firmado durante el gobierno de Mauricio Macri, habilita a las provincias a incrementar, un año más, impuestos a los Sellos, a los Ingresos Brutos y al inmobiliario por encima de los topes pautados durante el gobierno de Cambiemos.

En tanto, el texto da lugar el incremento de la carga impositiva sobre transferencias de inmuebles y automotores, así como también, dejó suspendida la prohibición de gravar la transferencia de combustible, gas, energía eléctrica y servicios sanitarios.

Asimismo, el Consenso Fiscal establece, entre otros ítems, el compromiso por parte de las provincias a no iniciar juicios y suspender los procesos judiciales en curso por diferencias en la distribución de la coparticipación federal, excepto en aquellos casos en los que haya sentencia firme.

Los Estados provinciales también se comprometieron, a través de la firma de este consenso que ahora deberá recibir la anuencia de las legislaturas provinciales, a no aumentar el stock de la deuda pública.

Impuestos provinciales

La ley permite anular hasta fin de año el esquema de rebajas progresivas de Ingresos Brutos, que estaba configurado así:

  • También elimina topes al impuesto inmobiliario y permite incrementar las alícuotas del impuesto a los Sellos, a la vez que las provincias podrán reestablecer los impuestos que algunas aplicaban sobre el salario a trabajadores.
  • Para el inmobiliario, la obligación de establecer una alícuota de 0,5% y 2%. Ahora las provincias podrán elevarla más allá de ese máximo.
  • Para Sellos, la adecuación a un esquema de reducción gradual de 0,75% a partir de 2019, 0,5% a partir de 2020, 0,25% a partir de 2021 y eliminarlo a partir de 2022. Con el actual Consenso Fiscal se elimina tal atadura, al igual que la que impedía elevar la carga sobre transferencias de inmuebles y automotores y la que prohibía tratamientos diferenciales según radicación.
  • Para los impuestos provinciales sobre el salario, la norma lo prohibía, especialmente los que gravaban con mayor tasa a aquellos trabajadores de otras provincias. Siete provincias debieron derogarlos cuando salió el Pacto Fiscal de 2017 y mientras dure esta anulación pueden reimplantarlos.

Deuda Externa y coparticipación

A cambio de esta 'autorización' de subir impuestos, las provincias asumen algunos compromisos con Nación, en materia de endeudamiento y de reclamos por la coparticipación federal de impuestos.

Durante 2021, las provincias no podrán aumentar el stock de acreencias de este tipo respecto al monto que tenían al 31 de diciembre de 2020 y Nación tendrá la potestad de denegar la autorización de crédito.

Cada gobernación replicará este punto con los municipios. Hay algunas excepciones:

  • El financiamiento de organismos bilaterales o multilaterales de crédito,
  • Desembolsos pendientes de acuerdos firmados antes del 31 de diciembre de 2020,
  • Los incrementos de stock por canjes o reestructuraciones,
  • Endeudamiento que tengan como garantía recursos provinciales que se cobren en moneda extranjera y sin afectación presupuestaria.

Además, las provincias firmantes se comprometen a no iniciar juicios y suspender los procesos en curso respecto a la distribución de la coparticipación federal, a transferencias de competencias y afectaciones de recursos, salvo los que tengan sentencia firme.|

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