La causa por los festejos en la Quinta de Olivos llegó a los tribunales de San Isidro – Negocios & Política
 

#OlivosGate |La causa por los festejos en la Quinta de Olivos llegó a los tribunales de San Isidro

Ninguna de las partes apeló la decisión del juez Sebastián Casanello de declararse "incompetente" porque la residencia presidencial está situada en la provincia de Buenos Aires. Por otra parte, este lunes la Cámara Federal contradijo el argumento de defensa de Alberto Fernández que sostenía: “como no hubo contagios, no se afectó a la salud pública”. Los detalles.
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La investigación por las visitas a la Quinta Presidencial de Olivos durante la etapa más estricta del aislamiento obligatorio por la pandemia llegó en la mañana de este martes a los tribunales de San Isidro, después de que el juez porteño Sebastián Casanello declarara su “incompetencia territorial” para continuar con el expediente.

Vencido el plazo previsto para las impugnaciones a la decisión del juez Casanello sin que se hubieran registrado oposiciones a su resolución, el expediente fue remitido esta mañana a la Cámara Federal de San Martín.

La Cámara, automáticamente, derivó el expediente al juzgado federal número dos, a cargo del magistrado Lino Mirabelli. No obstante, esa radicación podría no ser definitiva, puesto que la otra jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, tiene un expediente anterior que, en teoría, puede concitar la “conexidad” del expediente.

El último movimiento en el expediente antes de pasar a San Isidro fue la incorporación de dos videos del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, publicados por el sitio web “El destape”, y un informe sobre las visitas a la Quinta Presidencial del canal de noticias por cable TN.

Una defensa debilitada para el presidente

La Cámara Federal porteña desestimó en otro caso el mismo argumento sostenido por el presidente Alberto Fernández, para pedir su sobreseimiento por la celebración del cumpleaños de su pareja, Fabiola Yañez, en la Quinta de Olivos durante la etapa del aislamiento obligatorio (ASPO).

El tribunal ratificó el procesamiento de los encargados de un albergue transitorio situado en la calle Perón al 1.300 de esta Capital, que permaneció abierto y con varias habitaciones ocupadas después de la medianoche del 19 de marzo de 2020, cuando entró en vigencia el primer decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sobre el ASPO.

Los encargados del hotel argumentaron, al igual que el jefe del Estado en su pedido de sobreseimiento, que “no se ha lesionado el bien jurídico tutelado -la salud pública- pues no se ha corroborado que al momento de los hechos, hayan sido portadores de COVID-19, y por ende, propagado la enfermedad”.

Pero los jueces Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi rechazaron el planteo y sostuvieron que aun cuando no hubiera contagios, el delito igualmente se había cometido.

“Debe ser descartado el agravio pronunciado por la defensa en cuanto a la imposibilidad de poner en riesgo la salud pública… pues nos encontramos ante un delito de peligro abstracto, que se perfecciona con el mero incumplimiento de la medida dispuesta”, sostuvo la resolución.

Ante la imputación por la celebración en Olivos, Alberto Fernández había sostenido: “estamos frente a un delito de peligro abstracto, que como tal debe tener la potencialidad real de generar el peligro que prevé, de lo contrario estaríamos habilitando adelantar etapas consumativas del delito a momentos muy anteriores a la lesión del bien jurídico tutelado”.

“Ante la inexistencia de un resultado lesivo  -añadió- es que pongo a consideración la insignificancia penal (no social o moral) del comportamiento denunciado que no ha lesionado el bien jurídico tutelado por su atipicidad o falta de antijuricidad material, y por ello solicito que la presente denuncia sea desestimada”.

El criterio sustentado por la Cámara Federal en el caso del albergue transitorio contradice expresamente el criterio sustentado por el Presidente.

De todos modos, el fallo de la Cámara deja abierta la posibilidad de que el argumento expresado por Alberto Fernández pueda ser considerado como el adecuado para este tipo de situaciones.

Importante

El expediente tiene 11 personas imputadas: el presidente Fernández, Yañez y nueve amigos de la primera dama que participaron del festejo: Sofía Pacchi, Santiago Basavilbaso, Emanuel López, Fernando Consagra, Stefanía Domínguez, Federico Abraham, Carolina Marafiotti, Rocío y Florencia Fernández Peruilh.|

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