El Gobierno apunta a elevar los miembros del Consejo de la Magistratura – Negocios & Política
 

Entrará por el Senado |El Gobierno apunta a elevar los miembros del Consejo de la Magistratura

Según el proyecto de reforma que será enviado al Congreso, se propone elevar de 13 a 17 los miembros del Consejo de la Magistratura. Los cuatro nuevos miembros serán jueces, abogados y académicos. Este organismo tiene como función primordial seleccionar, investigar y remover a jueces nacionales y federales
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En los próximos días, el Gobierno nacional enviará al Congreso un proyecto de ley para modificar la actual conformación del Consejo de la Magistratura, elevando a 17 de los actuales 13 los integrantes del Consejo compuesto por abogados, magistrados y representantes del sector académico.

Este organismo tiene como función primordial seleccionar, investigar y remover a jueces nacionales y federales. El ingreso de la iniciativa al Parlamento será a través del Senado.

En los considerandos del proyecto, el Poder Ejecutivo propone que el Consejo de la Magistratura esté integrado por diecisiete (17) miembros: cuatro (4) jueces del Poder Judicial de la nación, seis (6) Legisladores o representantes del poder legislativo de la nación, cuatro (4) representantes de los abogados de la matrícula federal, un (1) representante del Poder Ejecutivo de la Nación y dos (2) representantes del Ámbito académico y científico.

Se destaca que la iniciativa se ocupa de la paridad de género porque actualmente el Consejo de la Magistratura conformado por 13 miembros solo 4 de ellos son mujeres. “Así, se halla asegurado que el máximo órgano del Consejo de la Magistratura se integre con, al menos, 8 mujeres de un total de 17” dice el texto.

El texto indica que se sustituye “el artículo 2º de la Ley del Consejo de la Magistratura N° 24.937 y sus modificatorias, por el siguiente:

Artículo 2º. Composición. El Consejo de la Magistratura estará integrado por 17 miembros, de acuerdo con la siguiente composición:

Cuatro 4 jueces o juezas del Poder Judicial de la Nación, elegidos en base al sistema D´Hondt, debiéndose garantizar la representación de todas sus instancias y la presencia de magistrados/as con competencia federal del interior del País. Al menos DOS (2) deben ser mujeres.

Seis (6) legisladores o legisladoras del Poder Legislativo de la Nación.

El sistema de elección será a través de los Presidentes de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados y a propuesta de los bloques legislativos. Designarán 3 legisladores por cada una de ellas, correspondiendo 2 al bloque mayoritario y 1 al bloque que le siga en cantidad de integrantes. Se plantea el requisito de que al menos deben 3 tres mujeres.

Cuatro (4) representantes de los/las abogados/as de la matrícula federal, inscriptos en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal o en las Cámaras Federales con asiento en las Provincias, designados por el voto directo de los profesionales que posean esa matrícula. Para la elección se utilizará el sistema D´ Hondt y el territorio nacional conformará un distrito único. Al menos 2 deben ser mujeres.

Un (1) representante del Poder Ejecutivo Nacional.

Dos (2) representantes de los ámbitos académico y/o científico que serán elegidos de la siguiente forma:

  • El criterio para elegir a los representantes de los ámbitos académicos será: Un (1) profesor titular de cátedra universitaria de facultades nacionales de Derecho, elegido por los decanos de las facultades nacionales de Derecho a simple mayoría de votos.
  • También un miembro de reconocida trayectoria y prestigio, que haya sido acreedor de menciones especiales en ámbitos académicos y/o científicos, que será elegida por el Consejo Interuniversitario Nacional con el voto de la mayoría de sus integrantes. Al menos una debe ser mujer.

En cuanto a la duración, los miembros del Consejo de la Magistratura podrán permanecer 4 años en sus cargos y podrán ser reelegidos por 1 sola vez en forma consecutiva. Además, para ser miembro los requisitos del Consejo se requerirá ser abogado y cumplir con las condiciones exigidas para ser senador de la Nación. Asimismo, no podrán registrar condenas penales por delitos dolosos dictadas en los últimos 20 años.

Para la toma de decisiones y el quórum y decisiones. El quórum para sesionar será de 9 miembros y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros presentes, salvo cuando por esta ley se requieran mayorías especiales.

En principio, esta modificación obedece a responder un fallo próximo a emitirse por la Corte Suprema que según señalan los especialistas va a declarar inconstitucionalidad la actual integración de 13 miembros. Entre los argumentos, se sostiene, que no se respetaría el equilibrio entre los representantes políticos y los correspondientes al sector legal.

Esta iniciativa fue elaborada bajo la supervisión de la secretaria de Legal y Técnica de la Nación, Vilma Ibarra, el ministro y viceministro de Justicia, Martín Soria y Juan Martín Mena, el representante del gobierno en el Consejo, Gerónimo Ustarroz, y el jefe de Asesores de la Presidencia, Juan Manuel Olmos. |

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