Condenaron al Tigre Acosta y a Alberto González por delitos sexuales en la ESMA – Negocios & Política
 

Dictadura militar |Condenaron al Tigre Acosta y a Alberto González por delitos sexuales en la ESMA

El tribunal oral número cinco los condenó a 24 y 20 años de cárcel, pero unificó la pena con condenas anteriores en "prisión perpetua". La pena es por abusos sexuales y psicológicos cometidos contra prisioneras del centro clandestino durante la última dictadura cívico militar.
Pilar Lucena
Justicia
Pilar Lucena
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El represor Jorge "Tigre" Acosta fue condenado este viernes a 24 años de prisión en una causa histórica que por primera vez juzgó delitos sexuales cometidos contra detenidas que estuvieron secuestradas en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura cívico militar.

También se sentenció a 20 años de cárcel a otro represor que integró el grupo de tareas 3.3.2 de la ESMA, el agente de inteligencia Alberto González, en un veredicto emitido al finalizar el juicio a cargo del Tribunal Oral Federal 5.

El Caso

Los jueces Adriana PalliottiDaniel Obligado y Federico Grunberg dictaron el veredicto en un desprendimiento de la Causa ESMA, el juzgamiento de las violaciones a los derechos humanos ocurridos en la Escuela de Mecánica de la Armada entre 1976 y 1983.

La causa por los delitos sexuales estuvo a cargo del ex juez federal Sergio Torres, hoy integrante de la Suprema Corte bonaerense.

Tanto Acosta, como González fueron considerados responsables de delitos de naturaleza sexual contra tres detenidas ilegalmente, Silvia LabayrúMabel Zanta y María Rosa Paredes, quienes permanecían alojadas en la ESMA entre 1977 y 1978. Comenzaron a ser juzgados el pasado 27 de octubre de 2020, de manera virtual a raíz de la pandemia de coronavirus ante el Tribunal que tiene sede en Comodoro Py 2.002 y muchas de sus audiencias fueron reservadas por el carácter de los delitos juzgados.

En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores impartidas a ambos represores en juicios previos por delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA.


Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades", abuso deshonesto, privación ilegítima de la libertad y tormentos, delitos que se declararon imprescriptibles por ser de lesa humanidad.

Las Víctimas

González fue acusado de “obligar a la víctima a mantener relaciones sexuales, mientras que Acosta, como su jefe, generó las condiciones para que ello sucediera y posteriormente convalidó ese accionar”, según la imputación fiscal.

Según relató una de las víctimas, previo a una de las violaciones Acosta “le planteó que la mejor manera de demostrarles que no los odiaba, era manteniendo una relación física con alguno de ellos, debiendo entender esa situación como parte de un proceso de recuperación y del camino correcto, si quería algún día salir en libertad, poder ver a su familia y reencontrarse con su marido y su bebé”.

Otra de las víctimas “refirió diferentes episodios de manoseos” y una violación en un baño mientras era “apuntada con un arma en la cabeza”.

La tercera víctima describió que fue “accedida carnalmente, en reiteradas oportunidades, mediante la utilización de fuerza e intimidación, y aprovechando la situación de inferioridad en la que se encontraba, que no le permitía resistirse a la consumación del acto sexual”.   |

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