Con una tasa de interés máxima de 1,5%, los contribuyentes pueden poner al día sus obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021 a través de planes de pago. Paso a paso cómo acceder a los beneficios.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) extendió hasta el 30 de noviembre el plazo para que las y los monotributistas accedan a la moratoria que les permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.
A través de los planes de pago los contribuyentes pueden regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021 y, al mismo tiempo, se les permite reformular planes de pago vigentes para acceder a las condiciones de plazos y tasas previstas en la nueva herramienta.
Para poder adherir a la moratoria las y los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que se debitará cada una de las cuotas.
La cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés a acceder dependerá de la categoría en la que se encuentren los beneficiarios. Según explica la Afip, si al momento de la adhesión el contribuyente se encuentra en la categoría A a D accede hasta a 60 cuotas con una tasa efectiva mensual de 1.25%; los que pertenecen a las categorías E a K y los sujetos no inscriptos en el régimen simplificado, puede tomar programar sus pagos hasta en 48 cuotas con una tasa de 1.50%.
Desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont explicaron que las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.
Además señalaron que el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos y la fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión mientras que las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.
Respecto a las obligaciones específicas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes devengadas al 30 de junio de 2021 (componente impositivo, aporte previsional, de obra social, infracciones por los conceptos precedentes) indicaron que es posible reformular planes de pagos anteriores:
Las y los contribuyentes deberán tener habilitado el servicio “Mis Facilidades”.