La demora en la reglamentación de la ley aprobada por el Congreso en 2020, mantenía en tensa calma la relación entre el Gobierno y los empresarios que vieron discontinuado el régimen de promoción, originalmente sancionado como Ley de Software (2004), que había sido modificada durante el Gobierno de Cambiemos.
La norma avanzó en el Congreso en 2019, pero, con el cambio de gestión, la nueva administración buscó incluir a más sectores y darles beneficios a más pymes, por eso, incorporó modificaciones, que debieron volver a ser tratadas por los legisladores en 2020. El nuevo normativo puso en pausa la promoción e hizo crecer una deuda, en concepto de beneficios impositivos, por más de 15 meses.
Finalmente, luego de una serie de encuentros con los directivos de las entidades que nuclean a las empresas de la economía del conocimiento, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que estaba estableció el procedimiento para que las empresas accedan a beneficios fiscales previstos en la Ley de Economía del Conocimiento.
La normativa del organismo habilitó además el registro donde deben inscribirse los distintos contribuyentes para adherir al régimen de promoción como también los mecanismos de coordinación con la Subsecretaría de Economía del Conocimiento del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Las empresas beneficiarias de la Ley de Software, que ratifiquen su adhesión y estén en normal cumplimiento de sus obligaciones, percibirán los beneficios previstos de manera retroactiva al primero de enero de 2020.
En la Argentina, según Argencon, que nuclea a empresas prestadoras de servicios vinculados a la Economía del Conocimiento, el total de exportaciones de servicios del conocimiento supera los 6.000 millones de dólares, de los cuales casi el 60% son Servicios Profesionales y Empresariales, y un 30% Servicios Tecnológicos. “La actividad representa el 8% de las exportaciones totales y en pandemia pasó a ocupar el segundo lugar en conglomerados exportadores, luego del complejo sojero”, revela Verónica Tenaglia, socia en Datan, una pyme que desarrolla y produce software embebido, y exporta a Ecuador desde el Distrito Tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires.
Entre 2010 y 2018 los servicios digitales crecieron 18% en Argentina, 34 % en América latina y 92% a nivel global. Desde el sector privado explican que la reglamentación de la ley de económica del conocimiento resulta clave porque el sector necesita capacitar a sus nuevos recursos para generar más empleo y divisas. “No sólo se trata de `plataformas´ sino investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) aplicada a grandes industrias como la de biotecnología, bioingeniería y biomedicina”, asegura Tenaglia.
Por su parte las compañías interesadas en ingresar al régimen por primera vez tanto del software como de aquellos sectores incorporados en la nueva Ley de Economía del Conocimiento podrán hacerlo a partir del viernes luego que se cumplan los tres días hábiles previstos en la resolución de AFIP.
Además del software, las actividades incorporadas en la nueva ley y que podrán percibir beneficios son: producción o postproducción audiovisual, biotecnología, servicios geológicos y de prospección, servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones, servicios profesionales, nanotecnología y nanociencia, industria aeroespacial y satelital, así como la industria 4.0.
La ley de Economía del Conocimiento, sancionada en octubre de 2020, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento. “Los beneficios de la Ley de Economía del Conocimiento premian la creación de empleo de calidad, promueven la exportación y apuntalan a un sector estratégico para el país”, indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
“Esta Ley fue concebida para que el esfuerzo que realiza el Estado mediante este régimen de promoción tenga una retribución hacia la sociedad mediante una mejora en las condiciones de la matriz productiva basada en la inversión en investigación y desarrollo; la generación de planes de capacitación entre el sector productivo y el sistema educativo y el aumento del ingreso de divisas por la vía de las exportaciones”, aseguró María Apólito, subsecretaria de Economía del Conocimiento, que depende de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y gestión Comercial Externa.
Quienes ingresen al régimen tendrán derecho a un bono fiscal por el 70% de las cargas sociales de los empleados afectados a las actividades promovidas. El descuento será del 80% para las empresas que a partir de su inscripción contraten mujeres, géneros disidentes, profesionales con estudios de posgrado, personas con discapacidad, residentes de zonas desfavorables y/o provincias de menor desarrollo relativo o personas que previo a la contratación hayan sido beneficiarias de planes sociales.
A esto se suma la reducción en el monto total del impuesto a las ganancias correspondiente a las actividades promovidas, determinado en cada ejercicio, de acuerdo al tamaño de empresa: 60% para micro y pequeñas empresas, 40% para empresas medianas y 20% para grandes empresas.
Además de la reducción de las contribuciones patronales y reducción diferenciada por tamaño de empresa del impuesto a las ganancias que establece la ley, se fija en 0% la alícuota de los aranceles de las exportaciones de servicios para las empresas que cumplan con todos los requisitos de la ley y se inscriban en el Registro. Hasta ahora, la alícuota que pagaba este sector por los derechos de exportación era del 5%.
Letra chica
La resolución también dispone las pautas para el intercambio de información entre AFIP y la autoridad competente del Ministerio de Desarrollo Productivo, un paso necesario para garantizar que las empresas accedan a los beneficios previstos en la ley.
Asimismo, la norma establece la forma en que los beneficiarios provenientes del Régimen de Promoción de la Industria del Software, podrán mantener vigentes hasta su agotamiento los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31 de diciembre de 2019.
Para solicitar la inscripción en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, los interesados deberán completar y autorizar el envío del formulario que establece la AFIP, al que podrán acceder mediante clave fiscal en el sitio web del organismo recaudador.
Entre los requisitos para acceder al régimen, los aspirantes deben demostrar que el 70% de la facturación en los últimos 12 meses se generó a partir de las actividades promovidas, o bien acreditar fehacientemente el desarrollo de dichas actividades en sus procesos productivos.
Adicionalmente tienen que demostrar que cumplen, por lo menos, dos de las siguientes condiciones: la realización de mejoras continuas o la certificación de normas aplicables a productos, servicios o procesos; inversión en capacitación de un porcentaje de los empleados o un porcentaje de inversión en I&D sobre la facturación; o que parte de su facturación provenga de exportaciones.
Los beneficios, que estarán vigentes hasta el 2029, deberán ser validados cada dos años y realizar presentaciones anuales para acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos para ser beneficiario del Régimen. |