Mientras la Secretaría de Comercio Interior intima a las empresas de consumo masivo y el Gobierno se prepara para aumentar las tarifas, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre) ordenó a las distribuidoras Edenor y Edesur la suspensión inmediata de la aplicación y cobros por recupero de energía, hasta tanto se reglamente el procedimiento de aplicación.
Advirtiendo un incremento notable en los reclamos por problemas en la facturación del servicio por parte de las compañías, y con el apoyo de la novedosa Comisión de Usuarios Residenciales (CUR) y los planteos de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Defensoría del Pueblo del Partido de Avellaneda y la Defensoría del Pueblo de Pilar (PBA), el Ente Nacional de Regulación de la Electricidad determinó que en su mayoría estos incrementos se originan en la aplicación de Consumos No Registrados (CNR) y que en gran medida las distribuidoras "no respetan los requisitos que el Reglamento de Suministro establece para poder aplicar dichos cargos".
A partir de esto, y mediante la Resolución ENRE 37/2021, la Intervención de la oficina pública encargada de controlar a los prestadores del servicio definió ordenar la suspensión provisoria de la aplicación del artículo 5° inciso d) apartado I del Reglamento de Suministro, mientras se audite la información requerida a las Distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para la aplicación de CNR, los cuales deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretenden cobrar y su procedencia.
En resumen
En otras palabras, la entidad regulatoria que maneja el kirchnerimos definió que las empresas Edenor y Edesur tienen que dejar de cobrar ese plus que está llegando en las boletas mientras se espera la audiencia pública donde se definirán las tarifas para el 2021.
Asimismo, el Enre ordenó la suspensión de la exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias, como así también abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de estos conceptos, independientemente de que se hubiera generado o no el reclamo ante la correspondiente distribuidora o ante el propio Ente, por parte de la persona usuaria.
Según explicó la entidad, las distribuidoras se encuentran habilitadas a emitir facturas complementarias por recupero de CNR, cuando los valores de energía no hubieran sido registrados o hubieran sido medidos en exceso o en defecto, ya sea por deficiencias propias del equipo de medición, o bien por comprobarse hechos que hagan presumir irregularidades en la medición.
Sin embargo, el Reglamento de Suministro establece requisitos puntuales para permitir la inclusión de cargos en concepto de recupero de energía, los cuales, según se pudo evaluar, no son respetados.
“La acreditación de tales tipos de anormalidades requiere de su comprobación real por parte de las Distribuidoras, así como la normalización de las instalaciones donde se hubiese advertido un incorrecto funcionamiento de los medidores”, explicó la entidad pública.
En este sentido y con el objetivo de garantizar una aplicación transparente y el ejercicio de los derechos de las personas usuarias, la Interventora del Enre, Soledad Manin, señaló que se está avanzando con la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de Edenor y Edesur para corregir estas desviaciones en la aplicación de las normas del Reglamento de Suministro y la normativa protectora de los derechos de las personas usuarias. |