Afip extendió el plazo para que las fintech accedan a beneficios fiscales – Negocios & Política
 

Mercado en alza |Afip extendió el plazo para que las fintech accedan a beneficios fiscales

Las empresas proveedoras de servicios de pago, cobranza y sus agentes podrán inscribirse hasta el 31 de octubre en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. En 2020 el ecosistema fintech duplicó su cantidad respecto a 2018, creció de 133 a 268 empresas registradas.
Ana Belén Ehuletche
Empresas
Ana Belén Ehuletche
Empresas

Con el objetivo de garantizar que las firmas proveedoras de servicios de pago, empresas de cobranza y sus agentes puedan mantener beneficios fiscales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las firmas identificadas con el sector fintech, renueven su inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. 

El plazo se extendió al último día del mes de octubre y alcanza a las compañías encuadradas, a partir del 1 de agosto, en uno de los beneficios previstos por el Decreto N° 301/21 que modificó la Ley de Competitividad incluyendo a las empresas de finanzas con base tecnológica (fintech).

La prórroga, dispuesta en la Resolución General 5078, tiene como objetivo “garantizar el normal desarrollo de la operatoria a través de los sistemas de pago virtuales y de cobranzas extrabancarias”, informaron desde Afip y señalaron que la decisión se tomó “en virtud de la cantidad de solicitudes de inscripción recibidas”.

Segú el último reporte sectorial, en 2020 el ecosistema fintech se duplicó en cantidad respecto al 2018: en este plazo el universo creció de 133 a 268 empresas registradas. “A pesar del contexto macroeconómico vigente desde mediados del 2018 y de la crisis sanitaria generada por la pandemia Covid-19, la industria siguió creciendo, tanto en cantidad de jugadores como en volúmenes de actividad y ofertas de servicio”, destaca el último relevamiento elaborado por la Cámara Fintech.

Además, refleja que las fintechs están contribuyendo significativamente al proceso de inclusión y educación financiera. Al describir la composición del ecosistema fintech la entidad describe que en 2018 el principal vertical, en términos de cantidad de empresas, era el de “Préstamos” con 32, lo cual representaba un 24% del universo a dicha fecha. Seguidamente se encontraba el vertical de “Pagos digitales” que reunía a 27 empresas, al igual que “Servicios B2B”; ambos con un 20% cada uno.

Sin embargo, durante el 2020, el vertical que aporta mayor número de empresas es “Pagos digitales”, desplazando del primer puesto al vertical “Préstamos”. Si bien este último creció de 32 a 60 compañías, “Pagos digitales” tuvo un crecimiento mayor pasando de 27 a 64 empresas. 

“Los efectos de contracción del crédito, mayor morosidad y suba de tasas influyen en que el vertical `Préstamos´ no haya crecido tanto en comparación con el vertical `Pagos digitales´”, apunta el informe. 

En relación con el vertical “Pagos digitales”, señala que hubo factores que impulsaron su crecimiento como por ejemplo el desarrollo de nuevas tendencias de pago, el mayor uso de canales digitales en el comercio, y algunas iniciativas adoptadas por el BCRA para promover el mayor uso de los medios de pago electrónicos, entre las cuales menciona las transferencias inmediatas de fondos, el débito inmediato (Debin) y la creación de la Clave Virtual Uniforme.

En el análisis de la evolución de los segmentos, también destacan un crecimiento significativo en el segmento “Blockchain & Criptoactivos”, que pasó de 11 a 25 empresas, más que duplicando el número en comparación con 2018.

¿Cómo se realiza la inscripción?

Cada contribuyente debe acceder con clave fiscal al servicio “Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias” e ingresar los datos requeridos por el sistema.

Luego el sistema verificará la información existente en sus bases de datos y la situación fiscal declarada por el contribuyente. De superarse los controles, el sistema indicará si corresponde aportar documentación adicional en la dependencia en la que el solicitante se encuentre inscripto.

La solicitud tendrá una vigencia de 120 días corridos durante los cuales podrán aportarse los elementos indicados. Cumplido dicho plazo caducará y se deberá iniciar nuevamente el trámite a los fines del usufructo del beneficio.

Si como consecuencia de los controles el trámite resulta rechazado, el sistema emitirá un mensaje en el que indicará los motivos del rechazo y, de subsanarse la situación que le dio origen, se podrá formalizar una nueva solicitud de inscripción.

Cuando corresponda concurrir a la dependencia, dentro de los 5 días de efectuada la presentación de la documentación respectiva, se notificará al ciudadano la aceptación o el rechazo de la solicitud en su Domicilio Fiscal Electrónico. Al aprobarse la solicitud, la AFIP enviará una notificación al Domicilio Fiscal Electrónico y los efectos de la inscripción se producirán a partir del día siguiente.  |

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