Oficializaron que hay más tiempo para recategorizarse en el Monotributo – Negocios & Política
 

La reforma llegaría en abril |Oficializaron que hay más tiempo para recategorizarse en el Monotributo

La AFIP extendió el plazo que vencía hoy se pasa hasta el 31 de enero de 2021. Se mantiene las escalas de 2020 mientras se espera la ley que modifique la movilidad.
Redacción N&P
Economía
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La AFIP extendió el plazo previsto para la recategorización en el monotributo hasta el 31 de enero, inclusive. La prórroga está prevista en la Resolución General N°4907 que fue publicada hoy en el Boletín Oficial

La ampliación de los plazos busca atender las dificultades que deben afrontar los contribuyentes adheridos al régimen simplificado respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La recategorización deberá realizarse con las categorías y valores vigentes. 

  • Los contribuyentes adheridos al monotributo deberán hacerlo si registraron cambios en alguno de los parámetros previstos para su actividad. La nueva categoría comenzará a regir en febrero. 
  • Quiénes deban permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión. 
  • La normativa de la AFIP remarca que el Gobierno Nacional ha impulsado el proyecto de ley “Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes” que incluye medidas que benefician a dicho universo, encaminadas a tutelar la situación en la que se encuentran frente a las condiciones de crisis que los afectan, y así amortiguar el impacto negativo de la presente situación. 
  • La recategorización puede realizarse hasta el 31 de enero desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil "Mi Monotributo". 
  • Para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento.
  • La discusión de los contadores y contribuyentes tiene que ver con la no modificación de las escalas. Desde la AFIP se "defienden" explicando que las categorías y valores "solo pueden adecuarse por una norma con rango de ley. Esa adecuación está prevista en un proyecto de ley remitido al Congreso".
  • Asimismo, respecto a los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores "serán subsanados en el proyecto de ley".
  • "Se incorporarán modificaciones al proyecto de ley que resuelven tales cuestiones con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto".

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