Con el objetivo de posibilitar un trato equitativo entre las grandes empresas, PyMEs, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, estableció un Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista que alcanza a los comercios con una facturación anual superior a los $300.000.000.
La medida se conoció a primera hora de este lunes, luego de un fin de semana donde el tema precios y alimentos volvió a colocarse en el centro del debate por el continuo incremento de precios que se vuelve más preocupante en medio de la segunda ola de Covid-19 y las medidas de restricción que está barajando en el Gobierno con especialistas.
En ese sentido, la titular de Comercio Interior, Paula Español, señaló en declaraciones a Radio Con Vos, “no nos va a temblar el pulso a la hora de cerrar las exportaciones de carne", y luego de un fuerte aluvión de críticas y cuestionamientos por parte del sector agropecuario, la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, adelantó que el Gobierno trabaja en “medidas específicas” a partir de las mesas de trabajo que se realizan con distintas cadenas productivas.
Al analizar las consecuencias de la inflación en la economía, en C5N, Todesca dijo que “se están alineando las variables macroeconómicas para que no sean un factor adicional a la aceleración de precios, pero “adentro de cada cadena hay mucho desorden”.
A partir de la Resolución 340/21, que se publicó hoy en el Boletín Oficial y comenzará a regir en 30 días el Gobierno busca beneficiar a las y los consumidores al promover la protección del interés económico general, la libre competencia y la disolución de prácticas desleales y abusivas.
Desde la Secretaría de Comercio explicaron que “el eje principal de esta reglamentación es la promoción del trato igualitario hacia todos los diferentes proveedores por parte de todos los comercios”.
“Los plazos y las modalidades de pago deberán ser las mismas en condiciones, prácticas y situaciones similares”, señaló la cartera del ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado y agregó que “este punto resulta fundamental para equilibrar las relaciones comerciales y que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan sostener su permanencia en las góndolas. También deberán ser ecuánimes en condiciones de exhibición, devolución de envases retornables, reposición, logística y distribución”.
Además, informaron que, entre otras cuestiones, el nuevo Código plantea que todos los productos deberán exhibirse de manera uniforme en estantes, sin estructuras colgantes que distorsionen la superficie de exhibición.
Para el sector mayorista se destaca la prohibición expresa para los comercializadores a exigir la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones para su alta de comercialización en los puntos de venta y realizar acuerdos de provisión que le impongan al proveedor seguros o anticipos con condiciones financieras discriminatorias.
A su vez, no podrán exhibirse productos de manera tal que induzcan a error o engaño a las y los consumidores respecto al precio, origen y demás características, ni condicionarse la venta de un bien o servicio por la adquisición de otro.
Por otro lado, se prohíbe subordinar la compra de un producto o el otorgamiento de ventajas a un proveedor en particular de restringir o vedar su relación comercial con otro comercializador. También se anula cualquier conducta de los proveedores que tienda a intervenir, decidir o establecer condiciones que afecten el normal desenvolvimiento de su competencia.
Por su parte, los comercios, deberán notificar sobre eventuales faltas de stock con cartelería en los espacios de exhibición y brindar los datos disponibles sobre los plazos de reposición. “De esta manera, se logra una mayor transparencia para que las y los consumidores cuenten con mayor cantidad de información a la hora de elegir qué comprar”, aclararon desde Comercio Interior.
Equilibrio
Respecto a las góndolas, que establece que se deberá contar con al menos cinco proveedores distintos por cada categoría de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibición en góndolas, el Código dicta que deben estar ordenadas conforme a las categorías establecidas por la Autoridad de Aplicación y el formato de cada punto de venta debe colaborar con una comparación rápida y accesible entre productos similares o sustitutos.
La norma que entró en vigencia el 15 de marzo, también regula la disposición de los productos en góndola exige que en los exhibidores que están al lado de las cajas del supermercado la mitad del espacio tiene que destinarse a micro y pequeñas empresas, mutuales y cooperativas.
Con el nuevo Código, todos los acuerdos de provisión entre ambas partes involucradas deberán estar detallados por escrito, y los comercializadores tendrán que facilitar el acceso a proveedores de economías de escala permitiendo formas asociativas de reposición, logística y distribución.
La disposición es de aplicación obligatoria para todos los comercios alcanzados por la Ley Nº27.545 que tengan una facturación bruta anual superior a los $300.000.000 de unidades móviles según lo establece la Ley de Defensa de la Competencia (N°27.442). Además, se permite que otras empresas puedan adoptar el Código de Buenas Prácticas Comerciales mediante adhesión voluntaria. |