El ENRE ratificó mediante la resolución N°43/2020 la multa económica de $1.6 millones a Edesur luego de incumplir las obligaciones establecidas en el contrato de concesión y en el estatuto social de la empresa, con "actividades no reguladas” y sin la autorización del organismo.
Desde enero de 2019, la distribuidora eléctrica llevaba adelante el programa piloto Asistencia al Hogar sin el visto bueno del Ente Regulador, que constaba de un servicio tercerizado que incluye el ofrecimiento a los usuarios de diferentes microseguros cobrados mediante la liquidación de las facturas. Por eso, además de la sanción económica, se le solicitó a la compañía que en un plazo de 10 días hábiles presente la documentación correspondiente sobre este programa.
En ese sentido, el ENRE recordó a través de un comunicado que “cada una de las actividades que no forman parte esencial del contrato de concesión, esto es la prestación del servicio de distribución de electricidad, deben ser previamente informadas y requieren de la aprobación del ente regulador”.
En una misma línea, remarcó que su función no es otra que la de controlar las condiciones de calidad, continuidad, seguridad, preservación del medio ambiente y del capital social de la empresa comprometido en la prestación del servicio; al mismo tiempo que evaluar la posibilidad de que los usuarios del servicio eléctrico se beneficien con tarifas menores. “A pesar de esto - añadió- Edesur comenzó el Plan Piloto sin presentar la documentación requerida y sin solicitar la autorización del ENRE”.
Para iniciar el Plan Piloto la empresa se basó en la resolución ENRE 581/2007, pero esa medida sólo autorizó a la distribuidora a prestar los servicios de créditos de consumos y seguro de continuidad eléctrica, con previo análisis de la documentación solicitada.
Esas actividades en particular no afectaban la prestación del servicio, pero el criterio no resulta extensible a otras actividades. Cualquier otra actividad no regulada que decida llevar adelante la empresa concesionaria del servicio público de electricidad “debe ser previamente analizada por el ENRE para verificar si corresponde su autorización”, insistió el organismo.
En este sentido, subrayó, tampoco resulta admisible sostener que la Prestación de Servicios de Asistencia al Hogar es un plan piloto, es decir un “período de prueba” de la actividad, ya que eso no la exime de la autorización previa requerida.