Autorizan un aumento del 5% en Internet, telefonía fija y televisión por cable – Negocios & Política
 

Aprobado por el ENaCom |Autorizan un aumento del 5% en Internet, telefonía fija y televisión por cable

La Resolución 862/2021 fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del titular del organismo Claudio Ambrosini. La normativa establece el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datos móviles en $25 por día y en $0,38, con impuestos incluidos, el del segundo de voz. 
Pilar Lucena
Economía
Pilar Lucena
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El Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) dispuso un aumento de hasta un 5% retroactivo al 1° de julio en los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija. La resolución se tomó en medio de una disputa con las compañías de esos sectores por los valores a aplicar para sus servicios, que se profundizó en mayo del año pasado al ser declarados “servicios públicos esenciales”. 

“Los licenciatarios y las licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) podrán aplicar un aumento, retroactivo al 1° de julio de 2021 y de hasta un cinco por ciento, en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas”, decretó Claudio Ambrosini, titular del ENaCom, en el primer artículo de la resolución. 

La normativa 

El Ente fijó: 

  • En $25, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datos móviles por día;  
  • En $0,38, con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del segundo de voz; 
  • en $5 con impuestos incluidos, el valor máximo del precio del SMS, para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”.  

El ENACOM se reservó definir en el futuro los valores máximos de los precios minoristas de los servicios prestados por las licenciatarias en la modalidad “prepaga pura”.

En el Artículo 3 se decretó que los licenciatarios de servicios de acceso a internet (SVA-I), telefonía fija, radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediante vínculo satelital, también podrán incrementar el valor de todos sus precios minoristas hasta un 5% retroactivo al 1° de julio de 2021.

Cualquier aumento que hubiese sido aplicado y haya superado los valores expresamente autorizados “deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”, dispuso el ENACOM.

En el caso de que algún usuario tenga facturas impagas con un aumento no autorizado por el Enacom, la Resolución indica que “las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio”.|

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