La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
La medida que regirá hasta el 30 de noviembre, inclusive, no aplica para los individuos alcanzados por el impuesto a las grandes fortunas. “La Resolución General N°5052 mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones”, informó la Afip y agregó que la normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.
Asimismo, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont informó que la medida ofrece un instrumento adicional para que las micro y pequeñas empresas, así como las firmas que desarrollan actividades críticas, puedan “amortiguar” los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes.
Por último, la resolución de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial, definió suspender la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, para el mismo universo de empresas beneficiadas, hasta fines de noviembre. |